El IEE viene definido por la Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (Ley 8/2013) como un instrumento a través del cual la Administración podrá disponer de la información precisa para dirigir su política de vivienda y evaluar el cumplimiento de las condiciones básicas legalmente exigibles a los edificios, tanto en materia de conservación como de accesibilidad, y al mismo tiempo, conocer el nivel de eficiencia energética del parque edificatorio existente.
Es una herramienta para conocer el estado de conservación del edificio, las condiciones básicas de accesibilidad universal y la certificación energética del edificio.
El Informe de Evaluación tendrá una periodicidad mínima de diez años, puediendo establecer las CCAA y los Ayuntamientos una periodicidad menor.
La mencionada Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (Ley 8/2013) establece un calendario de aplicación para IEE que afecta a edificios de vivienda colectiva con una antigüedad superior a 50 años, los cuales deberán disponer del Informe de Evaluación del Edificio en un plazo de 5 años desde que alcancen dicha antigüedad, salvo que cuenten con una Inspección Técnica (ITE) vigente de acuerdo a su normativa aplicable y anterior al 28 de junio de 2013, en cuyo caso el IEE será obligatorio cuando proceda la revisión de la ITE.
Este informe también será necesario para la solicitud de ayudas a la rehabilitación en las zonas comunes del edificio.
La ley establece que los técnicos competentes para realizar el IEE son los que estén en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE). Por tanto, deberán para uso vivienda, deberán ser Arquitectos o Arquitectos técnicos, según ratifica la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña nº 187/2010, que establece que ni Ingenieros Industriales, ni Técnicos Industriales, son competentes para realizar la IEE de edificios de viviendas.
En reUrbe disponemos de personal titulado y altamente cualificado para la realización del IEE. Contacte con nosotros y le informaremos sin compromiso, en el correo info@reurbe.com o al número de teléfono 957 300 571.
Ya está disponible la aplicación informática que se ha desarrollado para el cumplimiento por parte de los técnicos competentes del Informe de Evaluación de los Edificios, según el modelo que aparece en el Anexo del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.
El acceso a la misma se realiza a través del enlace: Aplicación online Informe de Evaluación de Edificios
El modelo tipo del IEE viene recogido en el Anexo II del Real Decreto 233/2013, y está estructurado en tres partes:
PARTE I: Estado de conservación
I.1. Datos generales de la inspección
I.2. Histórico de inspecciones previas
I.3. Valoración del estado de conservación del edificio
I.3.1. Cimentación
I.3.2. Estructura.
I.3.3. Fachadas y medianerías
I.3.4. Cubiertas y azoteas.
I.3.5. Instalaciones.
I.4. Existencia de peligro inminente.
I.5. Valoración del estado de conservación del edificio.
I.6. Descripción normalizada de las deficiencias de conservación del edificio.
I.7. Documentación disponible sobre las instalaciones comunes del edificio.
(Esta parte será sustituida por la Inspección Técnica del Edificio en aquellos inmuebles que dispongan de un ITE vigente realizado con anterioridad la 28 de junio de 2013).
PARTE II: Condiciones básicas de accesibilidad
II.1. Condiciones funcionales del edificio (según Código Técnico)
II.2. Dotación de elementos accesibles (según Código Técnico)
II.3. Dotación y características de la información y señalización de elementos accesibles (según Código Técnico)
II.4. Valoración final de las condiciones básicas de accesibilidad.
II.5. Ajustes razonables en materia de accesibilidad.
(Las partes II.4 y II.5 no son exigibles a uso residencial vivienda).
PARTE III: Certificado de Eficiencia Energética(CEE)
Certicado energético regulado por el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Visite nuestra página de ayudas. Ahí le informaremos de las distintas ayudas y subvenciones que vayan surgiendo tanto para la elaboración de IEE o ITE, como para rehabilitar, reformar o dotar de servicios a su edificio.
La gestión de estas ayudas es competencia de las Comunidades Autónomas, en Andalucía estamos a la espera de la aprobación del Plan de vivienda. Os informaremos.
El estado, a través del real Decreto 233/2013, ha aprobado un programa de ayudas para la realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEE) mediante la una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales para su emisión.
Fondos agotados desde el 12 de Febrero de 2018
Mañana se abre el plazo para de solicitud de la nueva convocatoria del Programa de Ayudas a la Rehabilitación Energética de Edificios (PAREER II), que esta vez está dotado con 125 millones de euros, cantidad que se nos antoja muy reducida teniendo en cuenta que el anterior programa (PAREER) contaba con 200 millones, y programas actuales como el Programa de Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía cuentan con 227 millones solo para Andalucía.
Los beneficiarios tendrán derecho a recibir una ayuda dineraria a fondo perdido complementada con un préstamo reembolsable al Euribor +0.0% de interés a devolver en un periodo máximo de 12 años.
Como siempre, puedes ponerte en contacto con nosotros para obtener mayor informaicón o ayuda en la gestión de las ayudas.
Desde el 15 de Mayo de 2017
La Junta de Andalucía, a traves de la Agencia Andaluza de la Energía, abrirá a partir del segundo trimestre de 2017 unas nueve líneas de ayudas para fomentar la eficiencia energética y la aplicación de recursos renovables en el ámbito de la edificación.
Estos nuevos incentivos, cofinanciados por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER, consistirán en subvenciones a fondo perdido dirigidas a ciudadanos, pymes y especialmente a las administraciones públicas (contarán con incentivos de hasta el 85% de la inversión) y que podrán de esta manera reducir la demanda energética y utilizar la energía de la forma más inteligente y eficiente posible.
Para poder beneficiarte de la ayuda, deberás ponerte en contacto con nosotros o con otra empresa colaboradora, ya que somos las empresas colaboradoras con la Junta de la Andalucía las encargadas de solicitar y tramitar los incentivos en representación de los beneficiarios.
Vigente hasta el 5 de Mayo de 2016.
La Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, crea un marco común para fomentar la eficiencia energética dentro de la Unión Europea y establece acciones concretas a fin de materializar el considerable potencial de ahorro de energía no realizado.
El sector de la industria, representa el 25% del consumo de energía final en España, con este programa de ayudas se facilitará la implantación de las medidas de ahorro y eficiencia energética propuestas por las auditorías energéticas para reducir el consumo de energía en los procesos industriales o a través de los sistemas de gestión energética.
El presupuesto de esta convocatoria proviene del FNEE (Fondo Nacional de Eficiencia Energética) y su gestión al IDAE.
Os dejamos el enlace de la publicación en el BOJA de este Orden.
Finalizado el plazo de solicitudes desde el 15 de Junio de 2015.
Ayudas para las comunidades de vecinos en Andalucía, para la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos comunes y espacios privativos comunes de los edificios residenciales de vivienda colectiva.
Os dejamos el enlace de Obtención del formulario y a la publicación en el BOJA de este Orden.
Finalizó el plazo el 27 de Mayo de 2015.
Desde el 27 de Abril al 27 de Mayo (ambos inclusive) VIMCORSA a abierto el plazo de solicitud de ayudas a fondo perdido para el año 2015 en la rehabilitación de edificios y/o viviendas.
Las ayudas incluyen también la Inspección Técnica de Edificios (ITE), y las obras derivadas de ésta e Informe de Evaluación del Edificio.
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